El IRPH ha vuelto a subir. Ha pasado de los 2,017 puntos del mes de abril de 2019 a los 2,052 puntos del mes de mayo de 2019. Se trata de una subida significativa, concretamente de 35 milésimas que lleva a encarecer las hipotecas que se revisen semestral o anualmente, ya que hace 6 o 12 meses el IRPH se encontraba más bajo. En mayo de 2018 el IRPH tenía el valor del 1,892% que contrasta con el de un año después, en mayo de 2019: 2,052%. Una subida interanual de 160 milésimas que llevan a encarecer las hipotecas que se revisen anualmente a partir de los valores que va alcanzando el índice IRPH. Puede decirse que el IRPH muestra una tendencia alcista, tal como se observa de forma clara en el gráfico del IRPH anual.
Una hipoteca referenciada al IRPH más un diferencial sobre el mismo del 0%, con un capital pendiente de 100.000 euros y un plazo pendiente de 20 años, sin cláusula suelo y que se revise anualmente con los valores del IRPH de mayo, pasará de una cuota mensual de 501 euros a otra de 508 euros, suponiendo una subida mensual de 7 euros, siendo estos datos aproximados.
La diferencia entre el IRPH y el Euríbor sigue aumentando. En mayo de 2019, ambos índices hipotecarios, señalan una diferencia a favor del IRPH de 2,186 puntos. Esto significa que a igualdad de condiciones por una hipoteca IRPH se paga 2,186 puntos más de intereses, suponiendo ello un claro perjuicio económico con respecto a las hipotecas Euríbor.
Actualmente, los ciudadanos con una hipoteca IRPH que estan informados y siguen la trayectoria que está siguiendo el IRPH en los juzgados y tribunales, viven más pendientes de lo que pueda suceder o dirimir el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que de los valores que mensualmente puede alcanzar el IRPH, pues el 10 de septiembre a las 9:30 horas está prevista la presentación de las conclusiones del Abogado General por el caso IRPH que se encuentra elevado a la Justicia Europea, se trata ya de uno de los últimos pasos necesarios para que finalmente tome una decisión el TJUE. Si el TJUE se posiciona a favor del cliente, tal como se sitúa el voto particular de la sentencia del Tribunal Supremo conocida el 14 de diciembre de 2017 o las conclusiones de la Comisión Europea, se sentaría jurisprudencia para que la cláusula IRPH fuera declarada abusiva y por tanto nula en los contratos hipotecarios que la presentaran y se producirían oleadas masivas de reclamaciones de hipotecas IRPH en los juzgados.