¿Qué es el IRPH Entidades?
El IRPH del que se habla en la actualidad es el IRPH Entidades. Antes existían dos más, el IRPH Cajas y el IRPH Bancos, pero estos dos últimos desaparecieron en 2013, quedándose únicamente el IRPH Entidades. Todos estos índices, y el Euribor, eran comercializados por las entidades financieras para conceder hipotecas.
Se ha demostrado que la utilización del IRPH, a supuesto un claro perjuicio para las personas con una hipoteca ligada a este índice de referencia, ya que al encontrarse el IRPH siempre por encima del Euribor, los hipotecados han pagado más que si su hipoteca a igualdad de condiciones hubiera sido al Euribor.
El IRPH Entidades, y los otros IRPH que existían antes, podían haber sido utilizados si se les hubiera aplicado en todos los casos un diferencial negativo para compensar que por su método de cálculo una hipoteca IRPH, se viera claramente encarecida, con respecto a una hipoteca Euribor. Hay que tener presente que el IRPH Entidades es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, es decir, es la media aritmética simple de los precios ponderados por el saldo de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria a plazo igual o superior a tres años. Si no nos detuviéramos a pensar en profundidad la anterior definición, puede incluso que nos resultara convincente, porque podemos llegar a la idea de que si mi hipoteca se calcula con la media aritmética, no me pondrán la hipoteca más barata, pero tampoco la más cara y entonces de este modo, me encontraré con una hipoteca normal, igual que la que tuvieran la mayoría de las personas. Pero es un gran error.
¿Por qué el IRPH perjudica a los clientes con una hipoteca asociada a este índice?
Las hipotecas cuando se conceden llevan asociados una serie de gastos y de comisiones, al igual que un conjunto de productos vinculados que también la encarecen. Es decir, hay unos gastos para constituir y registrar la hipoteca y además la entidad de crédito, no solo quiere que le devolvamos el dinero que nos presta para adquirir nuestra vivienda, sino que nos incluye una serie de seguros y la exigencia por ejemplo de gastar periódicamente un mínimo de dinero en compras con las tarjetas de crédito vinculadas con la entidad. Todos estos gastos y comisiones y los mismos intereses que aplica al banco por el dinero que nos presta vienen incluido en el conocido TAE. Pues bien, cuando se concedía una hipoteca IRPH, la media era de los TAE, por lo que si después de señalar este TAE medio en la concesión de la hipoteca IRPH, se le añaden gastos, comisiones, y productos vinculados de la hipoteca, nos encontramos que una hipoteca IRPH, viene doblemente cargada de gastos, comisiones, etc. Esto se debería haber solucionado aplicando una diferencial sobre la hipoteca IRPH negativo.
Los datos no engañan, la diferencia entre los valores del IRPH Entidades y los valores del Euribor, han sido superiores a 2 puntos durante mucho tiempo, especialmente durante los duros años de la crisis económica, donde muchas familias han pasado por verdaderos apuros económicos.
¿Cual es la actualidad judicial del IRPH?
Actualmente el IRPH esta sumido en multitud de procesos judiciales, en todas las instancias jurídicas, el 22 de noviembre de 2017, el alto tribunal español dictaminó que la mera referencia a un índice oficial como es el IRPH, no implica falta de transparencia ni es un abuso. Pero la misma sentencia contenía un voto particular de un magistrado al que se unió otro más que se mostraban contrarios al fallo de la sentencia. A causa de esta diferencia de criterio, los casos de demandas con el IRPH continuaron, hasta que un juzgado de Barcelona elevó la causa IRPH al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y actualmente se está esperando su sentencia. En este caso, existen verdaderas posibilidades de que finalmente se dictamine en contra de la entidad y a favor de cliente, ya que las observaciones de la Comisión Europea sobre el caso IRPH van en esta dirección, ya que considera que el carácter oficial del índice no presupone que se haya aplicado con transparencia y las argumentaciones de la Comisión Europea, son tenidas muy en cuenta por el el TJUE.
El 25 de febrero de 2019 tendrá lugar la vista pública por la elevación prejudicial de cuestiones desde un juzgado de Barcelona al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las partes hablaran ante los jueces y el abogado general. Posteriormente, en una fecha todavía no determinada el ablogado general hará público su dictament y después en otra fecha tampoco señalada el TJUE resolverá.