El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pronto dictaminará sobre el caso IRPH, puesto que hay cuestiones prejudiciales elevadas al tribunal europeo desde juzgados españoles. La primera cuestión prejudicial la elevó el juzgado número 38 de Barcelona y el tribunal europeo dio tiempo a las partes para que presentaran sus observaciones.
La Comisión Europea, ya presentó las suyas y afortunadamente para los afectados iban en la línea de dar la razón al cliente con hipoteca IRPH, de forma similar al voto particular que contenía la sentencia del Tribunal Supremo que se conoció el 14 de diciembre de 2017 sobre un caso IRPH Entidades y la entidad Kutxabank. La sentencia se alineaba con la tesis mantenida por la entidad, sin embargo, la misma sentencia contenía un voto particular en el que se señalaba que la complejidad del índice IRPH exigía un plus de información por parte del profesional al cliente antes de la firma.
Las partes implicadas, ya sean afectados, medios de comunicación, abogados y por supuesto la banca está poniendo en marcha sus estrategias de cara a salir airosos y lo menos perjudicados posible de las previsibles consecuencias que conllevaría una resolución positiva para los afectados por las hipotecas IRPH. Por una parte, se encuentran los medios de comunicación, poniendo de relieve todas las noticias y movimientos que se observan en torno al IRPH y el cercano dictamen del TJUE, los abogados señalando a sus clientes las implicaciones del fallo a favor o en contra del tribunal europeo, la banca intentando llegar a acuerdos con sus clientes con hipoteca IRPH, con el fin de minimizar daños ante la posibilidad probable de una sentencia favorable al cliente con cláusula IRPH y los afectados tratando de buscar la máxima información posible para tomar las decisiones más acertadas.
Es necesario señalar, que todos estos movimientos y estrategias van a ir seguramente in crescendo a medida que se aproxime el fallo del TJUE sobre el caso IRPH, que todavía no se sabe de forma oficial cuando tendrá lugar, pero todas estas maniobras parecen pronosticar que la resolución de la justicia europea sobre el caso IRPH está cercano. Los afectados tienen la oportunidad de escuchar la oferta de la banca y tomar la decisión que estimen oportuna.
Un fallo favorable del TJUE a los clientes respecto a la cláusula IRPH, puede llevar a la nulidad de la misma por abusiva en las próximas demandas de hipotecas IRPH presentadas y un retorno del capital pagado de más por dicha cláusula, firmar un acuerdo con la banca puede suponer renunciar a presentar demanda tras el fallo del TJUE, pero también está el posible escenario de que no se produzca un fallo favorable de los afectados por el IRPH, y desaparezca entonces la oferta de la banca, o puede que se siga manteniendo la oferta. Todo es posible, porque el futuro no está todavía escrito, pero de momento los afectados por el IRPH cuentan con unas observaciones de la Comisión Europea que siguen una línea similar al voto particular de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso IRPH. La decisión es propia de cada persona y de cada afectado por la hipoteca IRPH.